Próximamente se cumplirán dos años de la implementación del Sistema de Control de Cuentas de Crédito y Garantías (SCCCyG), conocido en el argot aduanero como Anexo 31. Es indudable que una labor obligada para los actores del comercio exterior que cuentan con una autorización de Certificación en Materia de IVA e IEPS, así como de aquellos que obtuvieron una Garantía del Interés Fiscal, es conocer y sobre todo comprender cómo funciona este sistema en la práctica aduanera, lo cual permite identificar áreas de oportunidad sobre la administración de la información del Sistema de Anexo 31 e implementar mejores prácticas sobre las operaciones de comercio exterior, y con ello prevenir requerimientos por parte de la autoridad aduanera. Cabe mencionar que en la actualidad los sistemas de información no se manejan de forma independiente sino que existe una interconexión de las bases de datos entre sistemas corporativos, tal es el caso de los sistemas ERP, sistemas de control de inventarios, sistemas de elaboración de pedimentos, sistemas de certificaciones, entre otros. Por lo anterior, se requieren de herramientas tecnológicas para manejar fácilmente grandes volúmenes de información, que permitan al menos lograr algunos de los siguientes objetivos que se indican a continuación: Integrar la información automática de las operaciones aduaneras con base en las fuentes oficiales confiables, en un sólo sistema que permita un diagnóstico integral en tiempo real de los diferentes sistemas de información interrelacionados, por ejemplo: contar con un Estado de Cuenta (cargos/abonos) actualizado para efectos de Anexo 31. Eliminar cargas de trabajo manual por proceso de electrónicos de información para realizar auditorías electrónicas y conciliaciones, por ejemplo, relacionar los pedimentos o documentos aduaneros con los destinos presentados en los informes de descargo, o bien, resolver conciliaciones de inventarios físicos vs Sistemas ERP (Corporativos). Tener instrumento para la comprobación de los retornos de mercancías y aquellas pendientes de retorno que cumplan estrictamente con las disposiciones legales, así como para monitorear las cuentas de crédito de las contribuciones IVA e IEPS o la garantía del interés fiscal con el objeto de detectar anticipadamente créditos que vayan a vencer por exceder temporalidad de mercancías. Otra pregunta obligada en la toma de decisiones es cuestionarnos, ¿Quién o quienes deben administrar la información vinculada con el Sistema SCCCyG?, en otras palabras, ¿Qué es más conveniente para la organización, realizar esta labor directamente o auto administrar la información, contratar un tercero para su revisión y control, o bien, alternar las dos actividades para verificar si hay cabal cumplimiento de las obligaciones? Sin duda es una respuesta que deben considerar los tomadores de decisiones, evaluando el menor riesgo posible ante una probable cancelación de la Certificación, Fianza, Padrón, u otro programa involucrado. Por lo anterior, es recomendable utilizar aplicaciones automatizadas como el Software XIE, que permiten realizar un análisis detallado en tiempo real de los datos contenidos en el Reporte de Operaciones de Comercio Exterior (Data Stage), en el Sistema de Control de Inventarios y el Sistema SCCCyG, para tener la posibilidad de aplicar las medidas correctivas con oportunidad, en caso de detectar inconsistencias. Así, las empresas certificadas en materia de IVA e IEPS o que garanticen el interés fiscal estarán preparadas ante cualquier contingencia derivada de actos de fiscalización por parte de la autoridad aduanera.