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Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura del sistema armonizado

Es sorprendente que con tan sólo seis dígitos comprenda todas las mercancías existentes en el mundo que son objeto de comercio, con la única condición de que se trate de bienes tangibles...

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías  de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), también conocido comoSistema Armonizado (SA) como lo llamaré en lo sucesivo, con sede en Bruselas, Bélgica, está presente y lo han incorporado en su legislación con mucho éxito, en más de 200 países, para identificar y clasificar a todas las mercancías sujetas de Comercio Exterior y con ello controlar su flujo comercial, en lo que llamo, INCREÍBLE NOMENCLATURA ARANCELARIA, ya que es sorprendente que con tan sólo seis dígitos comprenda todas las mercancías existentes en el mundo que son objeto de comercio, con la única condición de que se trate de bienes tangibles, es decir, que sean materiales que se puedan tocar, medir, pesar, etc., e incluso se pueden clasificar mercancías que aún no se han inventado por el ingenio del hombre.

¿Cómo es posible que siempre coincida la Clasificación Arancelaria sobre una misma mercancía, en cualquier país del mundo y en cualquier idioma?

Esto se debe a que el Sistema Armonizado es un sistema de clasificación basado en  seis Reglas Generales, donde se define su sustentolegal, metodología y sus criterios de aplicación,y esa es la base de su precisión asertiva, que no admite la posibilidad de una doble clasificación para una mercancía igual, lo que hace posible que el Sistema Armonizado comprenda en tan sólo seis dígitos los que corresponden, y en unas 5,700 subpartidas o posiciones de segundo nivel agrupe a todas las mercancías.

Con esto se pueden agrupar, clasificar, y codificar a todas las mercancías susceptibles de Comercio Internacional. Además de que en cualquier país del mundo, sin importar su idioma, se identifique inmediatamente de qué mercancía se trata y conocer sus impuestos y regulaciones.

Esto es posible debido a que la nomenclatura del Sistema Armonizado de la OMA es el sistema más completo que existe sobre todo tipo de mercancías, y cuenta con una elaborada metodología y criterios para su interpretación y aplicación, que están establecidos y definidos en sus Reglas Generales, y constituyen su base legal y columna vertebral.

EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA

¿En qué consisten las Reglas Generales para la aplicación de la Clasificación Arancelaria? En México, la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 de junio de 2007 se expide en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE),cuya estructura, como lo indica, está basada en la nomenclatura arancelaria del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías  —también conocido como Sistema Armonizado—  de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) del cual México es parte contratante.

Debemos tomar en cuenta lo siguiente:

La nomenclatura es un sistema, no es un listado de mercancías, y su propósito es:

Armonizar.- Para unificar en todo el mundo el comercio internacional.

Designar.- Llamar a las mercancías y conocerlas bajo una misma definición.

Codificar.- Poner o nombrar con un número o código y de esta manera no utilizar ningún lenguaje.

Además de los fines de comercio, también se utiliza para otros fines, por ejemplo:

En México se utiliza también con finesestadísticos, el Banco de México y el INEGI lo manejan, entre otros, como base para determinar el Producto Interno Bruto (PIB).

Organizaciones Internacionales como la FAO, para conocer el comportamiento de la fauna marina.

Organismos de Seguridad Internacional como el Consejo de Seguridad de la ONU, el tratado de WASSENAAR, GSN, MTCR, AP. etc.

Algunas empresas, cámaras y muchas otras lo utilizan para llevar su control de inventarios y cadena de suministros.

 APLICACIÓN:

En su artículo 2, la LIGIE comprende a las Reglas Generales y las Complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Éstas son el único camino que establece la metodología y criterios para su función y aplicación.

En México se llaman Reglas Generales porque así se establecen en la LIGIE y son parte del Tratado de la Nomenclatura de la OMA, por lo tanto tienen una aplicación internacional. Además, existen otras reglas en esta misma ley que se llaman Reglas Complementarias, estas son únicamente de aplicación nacional. A continuación voy a transcribir, mencionar y analizar su alcance y aplicación.

REGLA GENERAL 1

“LOS TÍTULOS DE LAS SECCIONES, DE LOS CAPÍTULOS O DE LOS SUBCAPÍTULOS SÓLO TIENEN UN VALOR INDICATIVO, YA QUE LA CLASIFICACIÓN ESTÁ DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS TEXTOS DE LAS PARTIDAS Y DE LAS NOTAS DE SECCIÓN O DE CAPÍTULO, Y SI NO SON CONTRARIAS A LOS TEXTOS DE DICHAS PARTIDAS Y NOTAS, DE ACUERDO CON LAS REGLAS SIGUIENTES:”

 ANÁLISIS:

¿Qué nos indica esta Regla General 1, que es la más importante debido a que le da validez legal a más del 95% de la Clasificación Arancelaria de todas las mercancías?

Establece tres principios que nos van a acompañar siempre en todas las Clasificaciones Arancelarias:

PRIMER PRINCIPIO.- Los títulos (encabezados) de las secciones, de los capítulos, o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo.

Es decir no tienen ningún valor legal, sólo nos orientan. Por tanto, de ellos no puede deducirse ninguna consecuencia jurídica para la clasificación y sólo son para ubicarnos dentro de su campo de aplicación.

 SEGUNDO PRINCIPIO.- Ya que la clasificación está determinada legalmente por  los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.

Este segundo Principio o parte de la Regla General 1, establece la base legal de la clasificación y descansa en los textos de las partidas y las notas de sección o capítulo, ya que es la clave de toda la clasificación y nos indica que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección y de capítulo.

TERCER PRINCIPIO.- Sólo en caso de no ser contrarias a los textos de dichas Partidas y Notas de Sección y de Capitulo, se tomarán en cuenta las reglas siguientes (Se refiere a las Reglas Generales 2, 3, 4, 5 y 6).

 Señala que todas las demás Reglas Generales se podrán aplicar, según el caso, siempre y cuando no sean contrarias a esta Regla General 1, lo que es una condición sin excepción.

La frase “Si no son contrarias a los textos de dichas Partidas y Notasestá destinada a precisar, sin lugar a dudas, que el texto de las Partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo tiene prioridad sobre cualquier otra consideración que utilicemos para determinar dentro de la nomenclatura la clasificación de una mercancía.

Ejercicio de aplicación de la Regla General 1

De conformidad con esta primera Regla General, en su Primer Principio nos indica que los Títulos de los Capítulos sólo tienen un valor indicativo, nos menciona que es sólo con carácter de informativo, de orientación, es decir: si un capítulo señala que agrupa a los animales vivos, como es el caso del capítulo 01, en lo general pensamos que todos los animales vivosse deben de clasificar en este capítulo.

No obstante, debemos de leer sus notas ya que ellas son las que definen el alcance y legalidad de lo que comprende el capítulo y nos encontramos con que específicamente nos señala la Nota 1, del Capítulo antes señalado:

Nota.

  1. – Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto:
  2. a) Los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas01, 03.06 o 03.07
  3. b) Los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02
  4. c) Los animales de la partida 95.08

Por lo que la podemos apreciar con toda claridad que la Nota 1 del Capítulo 01 establece y define a qué tipo de ANIMALES VIVOSse refiere el título del Capítulo 01 y en principio descarta y deja fuera de clasificación en éste, a los peces, a los microorganismos, como vacunas, y a los animales para espectáculos públicos, como los circos.En conclusión, aun cuando se trate de animales vivos no todos se clasifican en este capítulo, porque el hablar un texto de animales vivos está sujeto a los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo, donde radica validez y certeza  legal, que es lo que señala la segunda parte de la Regla General 1.

OBSERVACIONES:

A continuación en las Reglas Generales 2, 3, 4 y 5; vamos a observar que se refieren a diferentes escenarios de cómo se presentan estas mercancías y qué criterio debemos de aplicar para su correcta clasificación.

REGLA GENERAL 2

  • a) CUALQUIER REFERENCIA A UN ARTÍCULO EN UNA PARTIDA DETERMINADA ALCANZA AL ARTÍCULO INCLUSO INCOMPLETO O SIN TERMINAR, SIEMPRE QUE ESTÉN PRESENTES LAS CARACTERISTICAS ESENCIALES DEL ARTÍCULO COMPLETO O TERMINADO. ALCANZA TAMBIÉN AL ARTÍCULO COMPLETO O TERMINADO, O CONSIDERADO COMO TAL EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES PRECEDENTES, CUANDO SE PRESENTE DESMONTADO O SIN MONTAR TODAVÍA.
  •  b) CUALQUIER REFERENCIA A UNA MATERIA EN UNA PARTIDA DETERMINADA ALCANZA A DICHA MATERIA, INCLUSO MEZCLADA O ASOCIADA CON OTRAS MATERIAS. ASIMISMO, CUALQUIER REFERENCIA A LAS MANUFACTURAS DE UNA MATERIA DETERMINADA ALCANZA TAMBIÉN A LAS CONSTITUIDAS TOTAL O PARCIALMENTE POR DICHA MATERIA. LA CLASIFICACIÓN DE ESTOS PRODUCTOS MEZCLADOS O DE ESTOS ARTÍCULOS COMPUESTOS SE EFECTUARÁ DE ACUERDO CON LOS PRINCIPIOS ENUNCIADOS EN LA REGLA 3.

 ANÁLISIS:

En esta Regla 2 a) nos menciona tres supuestas formas de que se puede presentar la mercancía sin que por ello se altere la clasificación, es decir, se debe de considerar como mercancía completa, terminada o armada.

  1. Mercancía Incompleta. Para que se considere como mercancía incompleta, debe de presentar ya las características esenciales del artículo completo o terminado, es decir, que no sirvan para otro fin.
  2. Se deben de presentar.
  3. Artículos desmontados o sin montar todavía.

COMENTARIO:

La primera parte de la Regla 2 a) amplía el alcance de las partidas que mencionan un artículo determinado, de tal forma que comprendan, no sólo el artículo completo, sino también el artículo incompleto o sin terminar, siempre que presente yalas características esenciales del artículo completo o terminado.

ANÁLISIS:

La segunda parte de la Regla 2 a) también nos menciona que se dará el mismo trato arancelario cuando las mercancías se presenten desarmadas o sin montar, es decir, se considera como una mercancía armada.

COMENTARIO:

Lo que es muy lógico, ya muchas mercancías por la necesidad de hacer más económico el transporte, se presentan desarmadas, tal es el caso de cuando compramos una mesa o una silla en algún almacén de autoservicios, ésta por lo general se presentará desarmada, lo que facilita su transporte para que en el hogar o en la oficina la podemos armar. Este proceso es más o menos sencillo e incluso la mercancía trae un instructivo.

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, se considera no sólo que su armado pueda ser sencillo sino que admite que éste pueda ser complejo y no importa si es por uno mismo o por un especialista, o incluso por alguna empresa o industria, con la única condición de que en caso de que se presente con partes sobrantes éstas se tendrán que clasificar por separado, es decir, seguirán su propio régimen.

ANÁLISIS:

La Regla 2 b)en su primer escenario plantea la posibilidad de que una materia en una partida alcance o comprenda a dicha materia, aun cuando se presente mezclada, asociada, o combinada con otras.

Igualmente señala el escenario ya no de una materia, sino de una manufactura de una materia determinada, que alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia.

Señala que la clasificación se determinará de acuerdo con los principios establecidos o enunciados en la Regla 3.

COMENTARIO:

En estos supuestos se establece el principio de derecho que veremos a continuación en la Regla 3, que se refiere simplemente a lo que le dé el carácter esencial o a lo más específico, invariablemente tendrá prioridad sobre lo más genérico, según el caso que se presente.

REGLA GENERAL 3

CUANDO UNA MERCANCÍA PUDIERA CLASIFICARSE, EN PRINCIPIO, EN DOS O MAS PARTIDAS POR APLICACIÓN DE LA REGLA 2 b) O EN CUALQUIER OTRO CASO, LA CLASIFICACIÓN SE EFECTUARÁ COMO SIGUE:

  1. LA PARTIDA CON DESCRIPCIÓN MÁS ESPECÍFICA TENDRÁ PRIORIDAD SOBRE LAS PARTIDAS DE ALCANCE MÁS GENÉRICO. SIN EMBARGO, CUANDO DOS O MAS PARTIDAS SE REFIERAN, CADA UNA, SOLAMENTE A UNA PARTE DE LAS MATERIAS QUE CONSTITUYEN UN PRODUCTO MEZCLADO O UN ARTÍCULO COMPUESTO O SOLAMENTE A UNA PARTE DE LOS ARTÍCULOS, EN EL CASO DE MERCANCÍAS PRESENTADAS EN JUEGOS O SURTIDOS ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR, TALES PARTIDAS DEBEN CONSIDERARSE IGUALMENTE ESPECÍFICAS PARA DICHO PRODUCTO O ARTÍCULO, INCLUSO SI UNA DE ELLAS LO DESCRIBE DE MANERA MÁS PRECISA O COMPLETA.
  2.  LOS PRODUCTOS MEZCLADOS, LAS MANUFACTURAS COMPUESTAS DE MATERIAS DIFERENTES O CONSTITUIDAS POR LA UNIÓN DE ARTÍCULOS DIFERENTES Y LAS MERCANCÍAS PRESENTADAS EN JUEGOS O SURTIDOS ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR, CUYA CLASIFICACIÓN NO PUEDA EFECTUARSE APLICANDO LA REGLA 3 a), SE CLASIFICARÁN SEGÚN LA MATERIA O CON EL ARTÍCULO QUE LES CONFIERA SU CARACTER ESENCIAL, SI FUERA POSIBLE DETERMINARLO.
  3.  CUANDO LAS REGLAS 3 a) Y 3 b) NO PERMITAN EFECTUAR LA CLASIFICACIÓN, LA MERCANCÍA SE CLASIFICARÁ EN LA ÚLTIMA PARTIDA POR ORDEN DE NUMERACIÓN ENTRE LAS SUSCEPTIBLES DE TENERSE RAZONABLEMENTE EN CUENTA.

 ANÁLISIS:

Como se aprecia estaRegla General 3 establece tres métodos de clasificación de las mercancías, que en principio, podrían incluirse en varias partidas, bien por aplicación de la Regla 2 b), bien en cualquier otro caso. Estos métodos se aplican invariablemente en el orden en que aparecen en la presente regla.

Por lo que la Regla 3 b) sólo se aplica si la Regla 3 a) no aporta ninguna solución al problema de clasificación y la Regla 3 c) entrará en juego si las Reglas 3 a) y 3 b) son inoperantes.

En consecuencia se tendrán que considerar como elementos de la clasificación: a) la partida más específica, b) el carácter esencial  y c) la última partida por orden de numeración.

 COMENTARIO:

REGLA GENERAL 3 a).- Este primer principio o método para clasificar es que lapartida más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más general.

1.- Es más específico que una partida designe nominalmente un artículo determinado, que una partida comprenda una familia de artículos.

2.- Se debe considerar más específica la partida que identifique más claramente, con una descripción más precisa y más completa, la mercancía considerada.

OBSERVACIONES:

Cuando la mercancía se encuentre en el supuesto de que se pueda clasificar en dos o más partidas debido a que su composición contemple diversos materiales  y éstos estén llamados en más de dos partidas, o una sola de las materias que constituyan un producto mezclado o un artículo compuesto, o a una sola parte de los artículos en el caso de mercancías que se presenten en juegos o en surtidos acondicionados para la venta al por menor, estas partidas hay que considerarlas en relación con dicho producto o dicho artículo, como igualmente específicas, incluso si una de ellas da una descripción más precisa o más completa.

En este caso, la clasificación de los artículos estará determinada por aplicación de la Regla General  3 b) o 3 c).

COMENTARIOS:

Regla General 3 b).- Estesegundo principio o método de clasificación se refiere únicamente a los casos de:

1)  Productos mezclados.

2)  Manufacturas compuestas de materias diferentes.

3)  Manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes.

4)  Mercancías presentadas en juegos o en surtidos acondicionados para la venta al por menor.

Esta regla sólo se aplica si la Regla 3 a) es inoperante.

Regla General 3 c).- Cuando las Reglas 3 a) o 3 b) sean inoperantes, las mercancías se clasificarán en la última partida entre las susceptibles de tenerse en cuenta para la clasificación.

REGLA GENERAL 4

LAS MERCANCÍAS QUE NO PUEDAN CLASIFICARSE APLICANDO LAS REGLAS ANTERIORES, SE CLASIFICARÁN EN LA PARTIDA QUE COMPRENDA AQUELLAS CON LAS QUE TENGA MAYOR ANALOGÍA. 

ANÁLISIS:

En esta Regla General 4 se refiere a las mercancías que no puedan clasificarse en virtud de las Reglas 1 a 3.

La regla dispone que las mercancías se clasifiquen en la partida que comprenda los artículos que con ellas tengan mayor analogía.

La clasificación de acuerdo con la Regla General 4, requiere sin condición, la comparación de las mercancías presentadas con mercancías similares para determinar las más análogas a las mercancías presentadas. Estas últimas se clasificarán en la partida que comprenda los artículos con los que tengan mayor analogía.

COMENTARIO:

La analogía debe de estar basada en numerosos elementos, tales como: la composición, presentación, denominación, fabricación, las características, la utilización o la función, principalmente.

REGLA GENERAL 5

ADEMÁS DE LAS DISPOSICIONES PRECEDENTES, A LAS MERCANCÍAS CONSIDERADAS A CONTINUACIÓN SE LES APLICARÁN LAS REGLAS SIGUIENTES:

  1. LOS ESTUCHES PARA CÁMARAS FOTOGRÁFICAS, INSTRUMENTOS MUSICALES, ARMAS, INSTRUMENTOS DE DIBUJO, COLLARES Y CONTINENTES SIMILARES, ESPECIALMENTE APROPIADOS PARA CONTENER UN ARTÍCULO DETERMINADO, UN JUEGO O SURTIDO, SUSCEPTIBLES DE USO PROLONGADO Y PRESENTADOS CON LOS ARTÍCULOS A LOS QUE ESTÉN DESTINADOS, SE CLASIFICARÁN CON DICHOS ARTÍCULOS CUANDO SEAN DEL TIPO DE LOS NORMALMENTE VENDIDOS CON ELLOS. SIN EMBARGO, ESTA REGLA NO SE APLICA A LA CLASIFICACIÓN DE LOS CONTINENTES QUE CONFIERAN AL CONJUNTO EL CARACTER ESENCIAL.
  2.  SALVO LO DISPUESTO EN LA REGLA 5 a), LOS ENVASES QUE CONTENGAN MERCANCÍAS SE CLASIFICARÁN CON ELLAS CUANDO SEAN DEL TIPO DE LOS NORMALMENTE UTILIZADOS PARA ESA CLASE DE MERCANCÍAS, SIN EMBARGO, ESTA DISPOSICIÓN NO ES OBLIGATORIA CUANDO LOS ENVASES SEAN SUSCEPTIBLES DE SER UTILIZADOS RAZONABLEMENTE DE MANERA REPETIDA.

 ANÁLISIS:

En la Regla 5 a) que se refiere a los estuches y continentes similares, debe de utilizarse únicamente a los continentes siguientes:

  • a) Estén especialmente diseñados para alojar un artículo determinado o un surtido.
  • b)Que su uso sea prolongado y en múltiples ocasiones, de conformidad que lo permitan sus materiales y construcción. Estos continentes o estuches suelen emplearse para proteger al artículo que alojan cuando éste no se utilice (transporte, colocación, etc.).
  • c) Deben de presentarse al mismo tiempo que los artículos que han de contener, aunque estén envasados separadamente para facilitar el transporte. En caso de presentarse por separado, en diferente despacho o aisladamente, los continentes de la mercancía siguen su propio régimen cada uno.
  • d)Tienen que ser los estuches con los que comúnmente se vendad los artículos.
  • e) Los envases no deben de conferir al conjunto el carácter esencial.
  • f) Estos envases por lo general no se facturan por separado, es decir, el costo de los artículos absorbe el valor del envase.
  • g) Con estos criterios podemos establecer las diferencias que se consideran en los estuches comunes.

En lo referente a la Regla 5 b) los envases comunes se tratan de:

Los envases normalmente utilizados para las mercancías que contienen. Sin embargo, esta regla no se debe de aplicar cuando los envases sean claramente susceptibles de utilización de manera repetida.

OBSERVACIONES:

Se trata de que cuando se clasifique a las mercancías y éstas se presenten con sus envases, estuches, recipientes o continentes comunes, es decir, con los que normalmente se presenten acompañados para su venta y estos no incluyan un costo por separado, además de que no sean hasta cierto punto de un uso prolongado y para fines distintos de proteger a las mercancías, deben de clasificarse con las mercancías y observar las disposiciones de la presenta Regla General 5.

REGLA GENERAL 6

LA CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS EN LAS SUBPARTIDAS DE UNA MISMA PARTIDA ESTÁ DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS TEXTOS DE ESTAS SUBPARTIDAS Y DE LAS NOTAS DE SUBPARTIDA, ASÍ COMO MUTATIS MUTANDIS, POR LAS REGLAS ANTERIORES, BIEN ENTENDIDO QUE SÓLO PUEDEN COMPARARSE SUBPARTIDAS DEL MISMO NIVEL. A EFECTO DE ESTA REGLA, TAMBIÉN SE APLICAN LAS NOTAS DE SECCIÓN Y DE CAPÍTULO, SALVO DISPOSICIÓN EN CONTRARIO.

ANÁLISIS:

Las Reglas 1 a 5 precedentes, rigen, mutatis mutandis, la clasificación a nivel de subpartidas dentro de una misma partida.

Para la aplicación de la Regla 6, debemos entender:

 1)Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guión (de primer nivel), bien las subpartidas con dos guiones (de segundo nivel).

 2)Por disposición en contrario, las notas o los textos de las subpartidas que serían incompatibles con tal, o cual Nota de Sección o de Capítulo.

El campo de aplicación de una subpartida con dos guiones no debe extenderse más allá del ámbito abarcado por la subpartida con un guión o de primer nivel a la que pertenece; por lo que ninguna subpartida con un guión podrá ser interpretada con un alcance más amplio que del campo abarcado por la Partida a que pertenece.

 

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