Empezar por el principio suele ser lo adecuado siempre que se quiere entender un tema en su totalidad. Respecto a la clasificación de mercancías, no solamente se trata de clasificarlas, sino de hacerlo correctamente y para realizarlo hay que conocer el significado de ciertos términos y la importancia de éstos.
La clasificación arancelaria es el primer paso en cualquier operación de comercio exterior. Esta codificación es un proceso para determinar los requisitos aduaneros que deben cumplir las mercancías en las transacciones internacionales, a través del orden sistemático de todas las mercancías en una nomenclatura. A cada mercancía se le asigna un número, mejor conocido como código, que contiene de 6 a 8 dígitos.
El código contiene la descripción de la mercancía, los requisitos que debe cumplir para entrar a otro país, los impuestos que deben cubrirse, y además permite identificarla correctamente para la aplicación de los impuestos y las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA).
En el código aparecen 4 apartados importantes, compuestos por dos dígitos cada uno: capítulo, partida, subpartida y fracción. Los dos últimos dígitos, que son los que corresponden a la fracción, son los que se deben consultar después de ver el código completo, pues son los que indican las RRNA que impone México y el país con el que se desea intercambiar mercancía.
Usualmente la codificación arancelaria se basa en la Clasificación del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías creado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), un sistema internacional de clasificación de productos que se comercializan internacionalmente y cuyo fin es facilitar operaciones para las autoridades aduaneras, importadores y exportadores. Este sistema fue auspiciado por Custums Cooperation Council (CCC) una organización aduanal internacional de Bruselas. En total el Sistema Armonizado contempla la nomenclatura de 5,000 títulos y subtítulos organizados jerárquicamente, que describen los artículos comercializados de manera internacional.
México forma parte de los 177 países incluidos en el Sistema Armonizado representado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) encargada de aplicar disposiciones de comercio exterior, a través del SAT, en las aduanas del país; y la Secretaría de Economía, facultada para regular el comercio exterior.
Cada país puede extender el tamaño del código de 6 a 8 dígitos, México está homologado con la OMA hasta el nivel subpartida, es decir, hasta 6 dígitos. En cuanto a política arancelaria, México cuenta con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), conocida como La Tarifa y que representa un acto del despacho aduanero de gran importancia. La TIGIE indica cómo clasificar las mercancías de acuerdo a sus características como descripción, uso, naturaleza, estado, composición química entre otras cosas.
La TIGIE tiene, sorpresivamente, 2 artículos, el primer artículo se refiere a la tarifa de los impuestos generales de importación y exportación, es decir que contempla a las mercancías a nivel fracción (últimos dos dígitos) y como se menciona anteriormente, indica las RRNA que se deben aplicar: avisos, permisos y normas. El segundo artículo se refiere a las 6 reglas generales y a las 10 complementarias para la interpretación de la tarifa y la clasificación dentro de la nomenclatura de las mercancías de importación y exportación, este artículo sólo es hasta nivel subpartida.
Mientras que la OMA tiene 21 secciones, 97 capítulos y 6 reglas generales, la TIGIE tiene 22 secciones, 98 capítulos, 6 reglas generales y 10 complementarias, ambas regulaciones buscan designar el código de la mercancía a negociar, evitando errores; registrar el ingreso o salida de las mercancías, crear estadísticas confiables, el pago correcto de impuesto de exportación, asegurar el ingreso de las mercancías de acuerdo a las RRNA y evitar sanciones. Algunos países buscan la ampliación del código a 10 dígitos para mejorar el manejo de estadísticas, haciendo más confiable el movimiento de mercancías.
Aquí es donde llegamos a la parte crucial ¿por qué es importante la correcta clasificación arancelaria? Si hasta este punto no resulta obvio, lo aclararemos a continuación.
Si las mercancías están correctamente clasificadas se propicia el pago justo de impuestos aduaneros, la aplicación adecuada de tratados y acuerdos internacionales, el cumplimiento de las RRNA, la prevención del pago de multas indebidas, la caída en un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) lo que representa el embargo de las mercancías por parte de las autoridades aduaneras, quienes están obligadas a retener los artículos mientras se define cuál es la correcta clasificación arancelaria.
Los impuestos que se deben pagar y que están indicados en la fracción, son el Impuesto General de Importación, el Impuesto al Valor Agregado y el Derecho de Trámite Aduanero o en su defecto las Cuotas Compensatorias, es por esto que las mercancías deben de estar bien clasificadas.
El agente aduanal debe ser por tanto, un buen clasificador y conocer de merceología (Ciencia que estudia el origen de las mercancías) pues si éste incurre en un error de criterio o apreciación el pago de impuestos omitidos y multas puede llegar hasta el 130%.
La formulación de consultas oficiales ante las autoridades aduaneras están permitidas en la legislación aduanera y permiten determinar la fracción arancelaria que le corresponde a cualquier producto. Con esto se evitan gastos innecesarios en abogados, empeñados en defender la fracción a través de peritos y pruebas de laboratorio, para obtener finalmente una sentencia que anula el dictamen. Las consultas se pueden realizar siempre bajo dos supuestos: cuando se considere que la mercancía puede clasificarse en más de una fracción arancelaria y cuando se desconozca totalmente su clasificación. Hasta obtener una resolución de la consulta, las autoridades aduaneras no pueden hacer ningún procedimiento al amparo de los artículos 152 y 153 de la Ley Aduanera.
Las Restricciones y Regulaciones No Arancelarias, también especificadas en los últimos dos dígitos (fracción) suelen pasarse por alto pero son de gran importancia, y significan un reto para el sistema multilateral de comercio. Las Restricciones y Regulaciones No Arancelarias protegen la economía de un país y tienen relación con las preocupaciones cruciales de políticas públicas a nivel nacional e internacional: técnicas, sanitarias, ambientales, las que tienen que ver con la preservación de los animales, vegetales y platas, la seguridad de alimentos, etc. Y están siempre sujetas a las transformaciones del entorno social y económico.
En nuestro país los productos eléctricos, por ejemplo, deben ir acompañados de un instructivo impreso que se puede colocar en la parte de arriba del producto, el instructivo debe contener advertencias para su uso normal, conservación y aprovechamiento. Al conocerse las medidas no arancelarias se evitan problemas con las autoridades aduaneras, pues algunas de estas restricciones generan tensión entre las normas internacionales.
Después de esta corta revisión, sigue siendo recomendable buscar asesoramiento en materia de clasificación de mercancías, los beneficios que se obtienen de la correcta clasificación de los artículos son demasiados y las consecuencias de los errores de apreciación pueden resultar fatales para aquellos grandes, medianos y pequeños productores que intentan importar o exportar sus productos. Vale la pena también consultar los términos que se desconocen y siempre prevenir y definir el código de la mercancía antes de iniciar cualquier operación comercial.
Para conocer más sobre este tema, asiste al Congreso Nacional CUMPLIMIENTO ADUANERO (FISCAL – ADMINISTRATIVO – OPERACIONAL), organizado por el Centro Nacional para la Competitividad del Comercio Exterior, este 16 y 17 de octubre en el hotel Sheraton del Paseo de la Reforma, en la CDMX. (https://www.cencomex.com/cumplimiento-aduanero/)